Cinturón, casco y sistemas de retención
La ley agrupa cinturón, silla infantil y casco bajo una misma letra.
En resumen
hasta 100 €
LTSV art. 80.1
500 €
LTSV art. 80.1
Tabla
| INFRACCIÓN | TRAMO | IMPORTE | PUNTOS | ARTÍCULO |
|---|---|---|---|---|
| No usar, o no usar correctamente, el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, el casco u otro elemento de protección obligatorio | 200 € | 4 | LTSV art. 76.h) |
- EN VIGOR DESDE
- 21 de marzo de 2022
- FUENTE
- LTSV arts. 76.g)/76.h)/77.c)/77.d)/77.h) + anexo II (BOE-A-2015-11722).
Contexto
Una sola letra para el cinturón, la silla y el casco
La LTSV agrupa en una única letra —el art. 76.h)— no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, de los sistemas de retención infantil, del casco y de los demás elementos de protección obligatorios. Es una sola infracción de tramo GRAVE que cubre las cuatro cosas.
Eso tiene una consecuencia práctica que sorprende a mucha gente: el corpus consultado no distingue entre ellas ni en el importe ni en los puntos. Llevar mal abrochado el cinturón, llevar al niño en una silla que no corresponde o circular en moto sin casco resuelven por la misma letra, con el mismo tramo y la misma detracción de 4 puntos del anexo II.
Como este sitio no inventa distinciones que la norma no hace, la tabla de arriba muestra una sola fila con la descripción completa. Separarla en cuatro filas daría una falsa impresión de precisión: sugeriría que cada una tiene su propio precio, y no lo tiene.
Cifras
Por qué el importe y los puntos no van juntos
El importe de esta fila sale del tramo grave del art. 80.1 — 200 €—, y los puntos salen del anexo II, una tabla independiente. Son dos artículos distintos con dos redacciones distintas, y por eso los dos números se muestran siempre por separado con su propia cita.
La detracción concreta de esta conducta es de 4 puntos, frente a los 6 que resta usar el móvil sujetándolo con la mano — dos infracciones del mismo tramo con distinto peso en el carnet. Quien mire solo el importe pensará que son equivalentes; quien mire el saldo verá que no lo son.
Y esos puntos, como todos, se detraen cuando la sanción es firme en vía administrativa. Pagar con la reducción del 50 % la hace firme el mismo día del pago: el descuento afecta al dinero, nunca a los puntos.
Orientación
Antes de pagar, dos comprobaciones
La primera es quién iba en el vehículo y en qué plaza, porque la denuncia debe describir el hecho con esa precisión. La segunda es el plazo: 20 días naturales para alegar desde el día siguiente a la notificación (art. 95.1), y 20 días para identificar al conductor si el boletín va a nombre del titular del vehículo (art. 93.1).
No identificar al conductor cuando corresponde no es un silencio neutro: activa el multiplicador del art. 80.2.b), que sobre una infracción grave como esta es ×3 el importe de la infracción originaria. La página de recurrir una multa lo enseña como base × factor, con la aritmética a la vista.
Plazos
Los plazos, y lo que tarda en volver el saldo
Desde el día siguiente a la notificación tienes 20 días naturales para alegar (art. 95.1) y 1 mes para el recurso de reposición contra la resolución (art. 96.2). El pronto pago reduce el importe un 50 % durante 20 días naturales (art. 94), y al aceptarlo el procedimiento termina ese mismo día.
Los puntos siguen su propio calendario, que es mucho más largo. Con 2 años sin sanción firme el saldo se restituye por completo (art. 65.1), y el curso de recuperación parcial —disponible una vez cada 2 años— devuelve 4 puntos según la Orden que lo regula, sobre un techo de 6 que enuncia la propia LTSV.
Puesto en perspectiva: una detracción de 4 puntos sobre un crédito de 12 tarda años en recuperarse sola, y para un conductor novel, que empieza con 8, el margen es todavía menor. El importe se paga una vez; el saldo se arrastra.